Complemento Retenciones IVA

Complemento de Retenciones IVA

Es el mismo complemento de Retenciones e Información de Pagos, aplicado a retenciones de IVA - comunes en operaciones con residentes en el extranjero y servicios digitales.

CFDI 4.0
Versión 1.0
Timbrado fiscal
$700 MXN

¿Qué es el Complemento de Retenciones IVA?

Es el mismo complemento de Retenciones e Información de Pagos, aplicado a retenciones de IVA - comunes en operaciones con residentes en el extranjero y servicios digitales.

¿Quién debe usar el Complemento de Retenciones IVA?

Empresas que retienen IVA en operaciones con extranjeros o prestadores de servicios digitales.

¿Cuándo aplica el Complemento de Retenciones IVA?

Al realizar un pago sujeto a retención de IVA, dentro de cualquiera de los 12 sub-tipos de operación del complemento.

¿Qué versión utiliza el Complemento de Retenciones IVA activo en el sistema?

La versión 1.0 se usa sobre CFDI 4.0.

¿Qué datos incluye el Complemento de Retenciones IVA?

Mismos 12 sub-tipos que Retenciones ISR, con el impuesto ajustado a IVA.

Campos comunes

  • Tipo de operación (mismos 12 sub-tipos)
  • Datos de la contraparte (RFC, nombre, residencia)
  • Monto de la operación
  • Periodo que se reporta

Impuestos retenidos

  • Base gravable
  • Tasa de IVA aplicada
  • Monto retenido
  • Tipo de pago (provisional o definitivo)

¿Cómo agregar el Complemento de Retenciones IVA a tu factura electrónica (CFDI 4.0)?

¿Cómo agrego el complemento de Retenciones IVA a mi factura CFDI? Actívalo en tu cuenta de TimbraMX, selecciónalo al crear tu factura, completa los datos que pide y timbra: TimbraMX arma el CFDI 4.0 con el complemento y lo envía al SAT.

1

Contrátalo

Actívalo ($700 MXN al año, vigencia 12 meses).

2

Selecciónalo

Ve a "Nueva Retención", elige el "Tipo de operación" que corresponda y agrega una retención con impuesto IVA.

3

Llena los datos

Completa los campos que pide el complemento.

4

Timbra

TimbraMX arma el CFDI 4.0 con el complemento y lo timbra ante el SAT.

Principales campos del Complemento de Retenciones IVA

SecciónInformación que incluye
Campos comunesTipo de operación, contraparte, monto y periodo.
Impuestos retenidosBase, tasa y monto de IVA retenido.

¿Es lo mismo que Retenciones ISR?

Es el mismo módulo y el mismo formulario en TimbraMX - solo cambia el impuesto que eliges al capturar la retención (ISR, IVA o IEPS).

Consultar con soporte

Preguntas frecuentes sobre el Complemento de Retenciones IVA

¿Cómo agrego el complemento de Retenciones IVA a mi factura CFDI? +

Activa el complemento en tu cuenta de TimbraMX, selecciónalo al crear tu factura, completa los datos que pide y timbra. TimbraMX arma el CFDI 4.0 con el complemento de Retenciones IVA y lo envía al SAT.

¿Necesito activar Retenciones ISR y Retenciones IVA por separado? +

No, es un solo permiso ('Retenciones e Información de Pagos') que cubre ISR, IVA e IEPS con el mismo formulario.

¿Cuándo se retiene IVA? +

Comúnmente en pagos a residentes en el extranjero y en ciertos servicios digitales, según la LIVA.

¿Qué sub-tipos aplican? +

Los mismos 12 sub-tipos del complemento (Dividendos, Intereses, Pagos al extranjero, etc.) - el impuesto se elige aparte.

¿Este complemento reemplaza la declaración de IVA? +

No - documenta el CFDI de la retención, pero tu declaración fiscal ante el SAT sigue siendo un trámite aparte.

Activa el Complemento de Retenciones IVA en tu cuenta

Reporta tus retenciones de IVA conforme al SAT.

CFDI 4.0 Timbrado inmediato Soporte especializado

Vigencia de 12 meses

$700 MXN

Activar ahora

Incluye 30 timbres de activación

Profundiza sobre Retenciones IVA

Guía completa en el blog

Cuándo de verdad necesitas un CFDI de Retenciones aparte, y cuándo basta con declarar la retención en tu factura normal.

Leer guía completa

¿Cómo se aplica en la práctica?

  • Con la facilidad vigente, ISR e IVA de honorarios/arrendamiento se puede declarar en el mismo CFDI de la factura.
  • El CFDI de Retenciones aparte solo se necesita si no hay un complemento específico (Dividendos, Intereses, etc.).
  • TimbraMX cubre los 12 subtipos reconocidos por el Anexo 20 del SAT.