← Blog Complementos 9 Sep 2026

Complemento de Dividendos: guía completa

Ilustración de Complemento de Dividendos: guía completa

El complemento de Dividendos documenta el pago de dividendos a accionistas y su retención de ISR. Te explicamos la retención del 10%, la diferencia entre dividendos CUFIN y no CUFIN, y un ejemplo práctico.

¿Qué es el complemento de Dividendos?

Es la variante del complemento de Retenciones e Información de Pagos que se usa cuando una persona moral residente en México distribuye dividendos o utilidades a sus accionistas (personas físicas o morales, nacionales o residentes en el extranjero). Se emite como CFDI de Retención (comprobante fiscal digital distinto al de una factura normal).

La retención del 10% de ISR

Desde la reforma fiscal de 2014, cuando una persona moral paga dividendos a una persona física (o a un residente en el extranjero), debe retener un 10% adicional de ISR, con carácter definitivo (no se acredita ni se recupera después), conforme al Artículo 140 de la Ley del ISR. Esta retención NO aplica cuando el receptor del dividendo es otra persona moral residente en México.

Dividendos CUFIN vs. no CUFIN

La CUFIN (Cuenta de Utilidades Fiscales Netas) lleva el registro de las utilidades que la empresa ya pagó de ISR corporativo. Esto cambia el tratamiento del dividendo:

Origen del dividendoISR corporativo adicionalRetención al accionista
Proviene de CUFINNo (ya se pagó al generarse la utilidad).10% (si el accionista es persona física)
NO proviene de CUFINSí, la empresa paga ISR sobre el dividendo x factor 1.4286 a la tasa corporativa (30%).10% (si el accionista es persona física)

El ISR corporativo que la empresa paga sobre un dividendo no-CUFIN se vuelve acreditable para la empresa en los ejercicios posteriores, conforme a las reglas del Artículo 10 de la Ley del ISR.

Datos que requiere el complemento

  • •Periodo del ejercicio (mes inicial, mes final y año).
  • •Tipo de sociedad que distribuye (nacional o extranjera) y tipo de dividendo.
  • •Monto total del dividendo, monto gravado y monto exento (si aplica).
  • •ISR retenido nacional y extranjero.
  • •Dividendo acumulable nacional e ISR acreditable nacional.

Ejemplo práctico

Una empresa distribuye $100,000 MXN de dividendos provenientes de CUFIN a un accionista persona física:

  • Dividendo pagado$100,000.00
  • Retención de ISR (10%)$10,000.00
  • Neto que recibe el accionista$90,000.00

El dividendo íntegro ($100,000) es acumulable para el accionista en su declaración anual, y los $10,000 retenidos son un pago definitivo (no se declara de nuevo, ni se acredita contra el impuesto anual).

Plazo de entrega

El CFDI de retención por dividendos debe emitirse a más tardar dentro de los 5 días siguientes a aquel en que se pagó el dividendo. Además, la empresa debe presentar la información de las retenciones en su declaración informativa anual (comúnmente antes del 31 de enero del ejercicio siguiente).

Errores comunes

  • •Omitir la retención del 10% cuando el accionista es persona física (o aplicarla quando el receptor es persona moral, donde no corresponde).
  • •No distinguir entre dividendo CUFIN y no-CUFIN, dejando de pagar el ISR corporativo que correspondía.
  • •Calcular mal el factor de acreditamiento (1.4286) sobre dividendos no-CUFIN.
  • •Confundir este complemento con el de Nómina o con una factura de ingreso normal.

¿Necesitas emitir tu complemento de Dividendos?

TimbraMX calcula la retención y genera el CFDI de retención automáticamente.

Ver complemento de Dividendos Crear cuenta gratis