Complemento Donatarias

Complemento de Donatarias

El complemento de donatarias autorizadas incluye la información necesaria para que las donaciones realizadas a instituciones autorizadas por el SAT sean deducibles de impuestos para quien dona.

CFDI 4.0
Versión 1.1
Timbrado fiscal
$700 MXN

¿Qué es el Complemento de Donatarias?

El complemento de donatarias autorizadas incluye la información necesaria para que las donaciones realizadas a instituciones autorizadas por el SAT sean deducibles de impuestos para quien dona.

¿Quién debe usar el Complemento de Donatarias?

Instituciones donatarias autorizadas por el SAT que reciben donativos.

¿Cuándo aplica el Complemento de Donatarias?

Al emitir el CFDI de donativo (recibo deducible) por cada donación recibida.

¿Qué versión utiliza el Complemento de Donatarias activo en el sistema?

La versión 1.1 se usa sobre CFDI 4.0.

¿Qué datos incluye el Complemento de Donatarias?

Los datos de la autorización de la donataria ante el SAT.

Datos de la autorización

  • Número de folio de la autorización del SAT
  • Fecha de la autorización o su última renovación
  • Leyenda de no remuneración (si aplica)

¿Cómo agregar el Complemento de Donatarias a tu factura electrónica (CFDI 4.0)?

¿Cómo agrego el complemento de Donatarias a mi factura CFDI? Actívalo en tu cuenta de TimbraMX, selecciónalo al crear tu factura, completa los datos que pide y timbra: TimbraMX arma el CFDI 4.0 con el complemento y lo envía al SAT.

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Contrátalo

Actívalo ($700 MXN al año, vigencia 12 meses).

2

Selecciónalo

En "Nueva factura", elige "Donatarias" en el selector de complementos.

3

Llena los datos

Completa los campos que pide el complemento.

4

Timbra

TimbraMX arma el CFDI 4.0 con el complemento y lo timbra ante el SAT.

Principales campos del Complemento de Donatarias

SecciónInformación que incluye
Datos de la autorizaciónFolio y fecha de autorización de la donataria ante el SAT.

¿Tu institución está autorizada por el SAT?

Solo las donatarias con autorización vigente del SAT pueden emitir CFDI de donativo con este complemento.

Consultar con soporte

Preguntas frecuentes sobre el Complemento de Donatarias

¿Cómo agrego el complemento de Donatarias a mi factura CFDI? +

Activa el complemento en tu cuenta de TimbraMX, selecciónalo al crear tu factura, completa los datos que pide y timbra. TimbraMX arma el CFDI 4.0 con el complemento de Donatarias y lo envía al SAT.

¿Quién puede usar este complemento? +

Solo instituciones con autorización vigente del SAT como donataria autorizada.

¿El donativo es deducible sin este complemento? +

No - el complemento es lo que hace que el CFDI de donativo sea válido como comprobante deducible.

¿Qué pasa si mi autorización vence? +

Debes renovarla ante el SAT; sin autorización vigente no puedes seguir emitiendo CFDI de donativo.

¿Qué versión utiliza TimbraMX? +

La versión 1.1, vigente conforme al estándar actual del SAT.

¿Qué requisitos debe cumplir la donataria? +

Estar registrada en el Directorio de Donatarias Autorizadas del SAT y emitir su CFDI con el número y la fecha del oficio de autorización.

¿Qué uso de CFDI llevan los donativos? +

El uso de CFDI D04 - Donativos, con un pago por medio trazable (transferencia, tarjeta, cheque nominativo) desde una cuenta a nombre del donante.

¿Qué pasa si los bienes donados ya fueron deducidos antes? +

Si esos mismos bienes ya fueron deducidos con anterioridad para efectos del ISR, el donativo no vuelve a ser deducible.

¿Cuándo es deducible un donativo? +

Cuando la donataria emite el CFDI con el complemento, tiene constancia de autorización vigente y el pago es trazable desde la cuenta del donante.

Así se ve en el sistema

Captura real del formulario del Complemento de Donatarias en el portal de TimbraMX.

Formulario del Complemento de Donatarias en TimbraMX

Profundiza sobre Donatarias

Guía completa en el blog

Requisitos de donatarias autorizadas, uso de CFDI D04, medios de pago trazables y la regla de no deducir bienes ya deducidos.

Leer guía completa

¿Cómo se aplica en la práctica?

  • CFDI con uso D04 y número y fecha del oficio de autorización.
  • Pago por medios trazables, nunca en efectivo.
  • Vigente para organizaciones en el Directorio del SAT.

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Emite recibos de donativo deducibles conforme al SAT.

CFDI 4.0 Timbrado inmediato Soporte especializado

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