Complemento de Plataformas Tecnológicas: guía completa
El complemento de Plataformas Tecnológicas documenta las retenciones de ISR e IVA que Uber, Amazon, Airbnb y plataformas similares aplican a quienes venden o prestan servicios a través de ellas. Te explicamos las tasas vigentes en 2026 y el cambio más importante del año.
¿Qué es?
Es el complemento que las plataformas tecnológicas (marketplaces, apps de transporte, hospedaje, servicios digitales) deben incorporar al CFDI de retenciones que emiten a las personas físicas o morales que venden bienes o prestan servicios a través de ellas.
Tasas de retención en 2026
| Situación | ISR | IVA |
|---|---|---|
| Con RFC registrado ante la plataforma | 2.5% sobre ingreso bruto | 8% (50% del IVA total) |
| Sin RFC registrado | Hasta 20% | 100% del IVA |
La diferencia es enorme: registrar tu RFC ante la plataforma es lo que te permite pagar la tasa reducida en vez de la máxima.
Novedad 2026: ahora también aplica a empresas
Desde el 1 de enero de 2026, la Ley de Ingresos de la Federación incorporó reglas para que estas retenciones apliquen expresamente también a personas morales que venden a través de ciertas plataformas digitales, no solo a personas físicas como antes.
Revisión E: obligatoria desde febrero 2026
La Revisión E es la quinta versión del complemento. Es obligatoria al 100% desde febrero de 2026 - las plataformas que sigan usando una revisión anterior corren el riesgo de que sus CFDI sean rechazados.
Plazo de emisión
La plataforma debe emitir el CFDI de retenciones con este complemento dentro de los 5 días hábiles del mes siguiente a las operaciones.
¿Necesitas emitir este complemento?
TimbraMX genera el CFDI de retención con los datos que exige el SAT.
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