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Complemento de Comercio Exterior: guía completa para exportadores

Ilustración de Complemento de Comercio Exterior: guía completa para exportadores

El complemento de Comercio Exterior 1.1 es obligatorio para quienes exportan mercancías de forma definitiva desde México. Te explicamos qué es, quién debe usarlo, qué información lleva, qué pasa si no lo emites y en qué se diferencia del pedimento aduanal.

¿Qué es el complemento de Comercio Exterior?

Es un complemento del CFDI que documenta, para efectos fiscales, una exportación definitiva de mercancías fuera de territorio nacional. Es obligatorio desde el 1 de enero de 2018 para exportaciones con clave de pedimento A1, y desde el 1 de abril de 2023 se emite en su versión 1.1, integrada al CFDI 4.0. Su fundamento legal está en el Artículo 14 del Código Fiscal de la Federación y en las Reglas Generales de Comercio Exterior.

¿Quién está obligado a usarlo?

Deben incorporarlo en su CFDI las personas físicas y morales que realicen exportaciones definitivas de mercancías con clave de pedimento A1. No aplica a exportaciones temporales ni a la generalidad de las operaciones nacionales - es específico del tráfico de exportación definitiva ante la aduana mexicana.

¿Qué información debe contener?

  • •Datos del exportador y del importador: nombre/razón social, domicilio, RFC o identificador fiscal en el extranjero.
  • •Clave de pedimento: A1 para exportación definitiva.
  • •Fracciones arancelarias de la mercancía exportada.
  • •Valores comerciales en la moneda de la operación y su tipo de cambio.
  • •Motivo de la operación (venta, donación, muestra, entre otros) y, cuando aplica, el Incoterm pactado.

Exportaciones a título gratuito

Cuando la mercancía se exporta sin cobrar (donaciones, muestras sin valor comercial, envíos de garantía), el complemento sigue siendo obligatorio. El CFDI se emite como tipo Ingreso (usando el nodo Propietario cuando la mercancía pertenece a un tercero distinto del exportador) o como Traslado, según el caso - la ausencia de cobro no exime de declarar la operación ante el SAT y la aduana.

Diferencia con el pedimento aduanal

Son documentos distintos que deben ser consistentes entre sí:

DocumentoPara qué sirveAnte quién se presenta
Complemento de Comercio Exterior (CFDI)Documenta fiscalmente la exportación definitiva.SAT
Pedimento de exportación (clave A1)Autoriza el despacho aduanal de la mercancía.Autoridad aduanera

¿Qué pasa si no lo emito?

No existe una multa específica y distinta para este complemento: se aplica el mismo criterio que a cualquier CFDI que se emite sin los requisitos fiscales que le corresponden (Art. 83 fracción XII y 84 fracción XI del CFF), con multas de $19,700 a $112,650 MXN. Adicionalmente, una inconsistencia entre el CFDI y el pedimento puede generar contingencias directamente con la autoridad aduanera (retención de la mercancía, requerimientos o incluso presunción de irregularidades en la operación).

Historial de versiones

VersiónObligatoria desde
1.01 de enero de 2018
1.1 (vigente en 2026)1 de abril de 2023 - integrada al CFDI 4.0

Beneficios de emitirlo correctamente

  • •Evitas contingencias aduanales por inconsistencias entre el CFDI y el pedimento.
  • •Agiliza el despacho de la mercancía en la aduana de salida.
  • •Trazabilidad fiscal completa de tus operaciones de exportación.
  • •Respaldo ante cualquier revisión del SAT o de la autoridad aduanera.

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