← Blog Actualizado 9 Sep 2026 Complemento

Complemento Carta Porte: guía completa para transportistas

Ilustración del complemento Carta Porte: camión de transporte de carga junto a un CFDI con código QR de verificación

El complemento Carta Porte 3.1 es obligatorio para todas las personas que transporten mercancías en territorio nacional. Te explicamos qué es, quién debe emitirlo, cuánto cuesta no hacerlo (con multas de hasta $112,650 MXN) y todo lo que necesitas para emitirlo correctamente.

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¿Qué es el Carta Porte?

Es un complemento del CFDI que documenta el transporte de mercancías. Incluye datos del operador, vehículo, mercancías, ubicaciones de origen y destino, y genera un QR de verificación que las autoridades pueden escanear. Existe desde el 1 de junio de 2021 y hoy se emite en su versión 3.1, sobre CFDI 4.0.

El transporte de carga en México

El autotransporte mueve alrededor del 83% del tonelaje de carga terrestre del país y aporta cerca del 4% del PIB nacional, según cifras del sector reportadas por la SICT y cámaras de transporte. Es una industria fragmentada: la gran mayoría de las empresas registradas son micro y pequeñas transportistas, muchas con uno o pocos vehículos. Esto explica por qué el SAT y las autoridades de movilidad pusieron tanto énfasis en el Carta Porte: es la forma de darle trazabilidad fiscal a un sector históricamente informal y con alta incidencia de mercancía sin comprobar su origen.

¿Quién está obligado a emitirlo?

Debe llevar Carta Porte cualquier CFDI que ampare el traslado de mercancías por territorio nacional, sin importar el medio de transporte:

  • •Transportistas que cobran por el servicio (emiten CFDI de Ingreso con Carta Porte).
  • •Dueños o poseedores de la mercancía que la trasladan con vehículos propios, sin cobrar el servicio (CFDI de Traslado con Carta Porte).
  • •Intermediarios y transportistas subcontratados dentro de la misma operación.

Los 4 modos de transporte

Debes elegir solo uno por CFDI:

🚗 Autotransporte

Camiones, tractocamiones, autobuses. Requiere permiso SCT, configuración vehicular, placas y aseguradoras.

🚂 Ferroviario

Carga por vía férrea. Tipo de servicio, derechos de paso, carros y contenedores.

🚢 Marítimo

Transporte acuático. Embarcación, número OMI, línea naviera, contenedores.

✈️ Aéreo

Transporte aéreo de carga. Permiso SCT, matrícula aeronave, número de guía.

Campos obligatorios (todos los modos)

  • •IdCCP: Identificador único del complemento
  • •Ubicaciones: Origen y destino con RFC, nombre, domicilio
  • •Mercancías: Descripción, cantidad, clave unidad, peso, material peligroso
  • •Figura de transporte: Operador, propietario, arrendatario
  • •Pesos: Bruto total, neto total, unidad de peso

¿Cuándo debes emitirlo?

El CFDI con Carta Porte debe estar timbrado antes de que inicie el traslado de la mercancía - no basta con emitirlo el mismo día si el transporte ya salió. El complemento no es obligatorio en algunos supuestos particulares previstos en la Resolución Miscelánea Fiscal (por ejemplo, ciertos traslados locales o distancias muy cortas dentro del mismo predio); si tienes duda de tu caso, conviene revisarlo con tu contador antes de asumir que estás exento.

Multas y sanciones por no emitirlo

El Código Fiscal de la Federación (CFF) contempla dos infracciones distintas, y son acumulables entre sí:

InfracciónFundamento (CFF)Multa
No exhibir el CFDI con Carta Porte durante una verificación en carreteraArt. 83-VII / 84-IV$880 a $17,030 MXN
Emitir el CFDI sin los requisitos fiscales que le correspondan (incluye Carta Porte omitido cuando era obligatorio)Art. 83-XII / 84-XI$19,700 a $112,650 MXN

Además de la multa económica, el SAT puede: presumir contrabando de la mercancía transportada, negar la deducibilidad fiscal del gasto de flete/transporte, y las autoridades en carretera pueden retener la mercancía hasta aclarar la situación. Estos montos se actualizan cada año en el Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Diferencias con otros documentos de transporte

El Carta Porte no sustituye otros documentos logísticos que quizá ya manejas - conviven, cada uno con un propósito distinto:

DocumentoPara qué sirve¿Tiene validez fiscal ante el SAT?
CFDI con Carta PorteAmpara fiscalmente el traslado de la mercancía en territorio nacional.Sí
RemisiónControl interno de entrega/recepción entre almacenes o sucursales.No
Bill of Lading (conocimiento de embarque)Documento internacional de transporte marítimo, usado en comercio exterior.No (es aparte del CFDI)
Manifiesto de cargaListado del contenido de un embarque para la aerolínea/naviera/transportista.No

¿Quién lo verifica?

En puntos de revisión en carretera, tres autoridades pueden solicitar el CFDI con Carta Porte (impreso o el QR desde el celular): la Guardia Nacional, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) y el propio SAT.

Historial de versiones

VersiónObligatoria desde
1.01 de junio de 2021
2.01 de enero de 2022
3.01 de abril de 2024
3.1 (vigente en 2026)17 de julio de 2024

El SAT sigue publicando actualizaciones de catálogos sobre la versión 3.1 (la más reciente en enero de 2026), sin que eso implique una nueva versión del complemento.

Beneficios de emitirlo correctamente

  • •Evitas las multas y la retención de mercancía en puntos de revisión.
  • •Trazabilidad completa del traslado, útil si hay un robo, siniestro o reclamo de seguro.
  • •Deducibilidad asegurada del gasto de flete/transporte ante el SAT.
  • •Competencia más justa frente a transportistas informales que no facturan correctamente.

El QR de verificación

El Carta Porte genera un código QR que se imprime en el PDF. Las autoridades lo escanean para verificar que los datos del transporte coincidan con el CFDI. Si no puedes exhibir el CFDI con su Carta Porte durante una verificación, la multa va de $880 a $17,030 MXN (ver la tabla de multas más arriba).

⚠️ Importante: El Carta Porte no se timbra como un documento aparte: va incorporado dentro del mismo CFDI que se timbra (de ingreso, si cobras el servicio de transporte, o de traslado, si solo mueves la mercancía sin cobrar el traslado). Lo que sí puede existir por separado es un CFDI distinto por la venta de la mercancía en sí — ese documenta la compraventa, mientras que el CFDI con Carta Porte ampara el movimiento físico.

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